La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía pone en marcha un nuevo paquete de subvenciones dirigidas a pymes y autónomos que hayan experimentado un incremento en la factura de gas natural y/o electricidad de su negocio durante 2022 y se hayan visto especialmente afectados por el aumento de precios de la energía provocado el pasado año por el impacto de la guerra de Rusia contra Ucrania.
Se entenderá como «especialmente afectados» aquellas pymes y autónomos cuya facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, sea igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. La tabla de CNAES y porcentajes está recogida en el Anexo I del Decreto Ley 6/2023 de 11 de julio.
Su dotación es de 525 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del marco 2014-2020.
Cómo solicitarla
A través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Requisitos
– Obligatoriedad de que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía.
– Ser titular de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz.
– Se ha debido realizar durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos de la CNAE detallados en el Anexo I del Decreto-Ley, y mantenerla en el ejercicio 2022.
– En el caso de que la persona trabajadora autónoma tenga su lugar de trabajo en su vivienda habitual, sólo podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando estén
debidamente diferenciadas con contadores independientes del de la vivienda, ya que no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos.
Cálculo de la ayuda
– Se realizará de forma automatizada, por lo que no será necesario adjuntar documentación, ya que la comercializadora adherida ha facilitado previamente los
ficheros para su consulta.
– La subvención se concederá por el importe del sobrecoste de gas natural y/o electricidad soportada en el período subvencionable del 2022, esto es, desde el 1
de febrero al 31 de diciembre de 2022.
– El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará a solicitud de la persona interesada y se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva,
esto es, en orden de llegada de las solicitudes que vayan cumpliendo los requisitos.
Pago
Tras la resolución favorable de solicitudes, se procederá al pago íntegro de la ayuda correspondiente antes del 31 de diciembre de 2023, hasta agotar el crédito
disponible.
Plazo
El plazo estará abierto para la presentación de solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2023.
Más información
Consulta aquí toda la información sobre las ayudas a pymes y autónomos para compensar el sobrecoste energético en 2022.