1. OBJETO
La concesión de una subvención a fondo perdido para el impulso empresarial dirigida a empresas de nueva creación que vayan a realizar inversiones productivas en la ciudad de Málaga.
2. TIPO DE SOLICITANTE
Personas físicas: Empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles. Personas jurídicas: Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Nueva Empresa, Sociedades Anónimas, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas de Trabajo para el impulso empresarial.
3. REQUISITOS
- 1. Que la actividad principal se desarrolle en el municipio de Málaga, así como que el domicilio social y fiscal estén también en el municipio de Málaga.
- 2. Que la empresa haya iniciado la actividad y esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante Hacienda Pública y en Seguridad Social con posterioridad a 30 de abril de 2021.
- 3. Que se realice una inversión mínima de 1.500 €, conforme a los criterios señalados más adelante.
- 4. Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.
- 5. Que tengan la consideración de PYME, de conformidad con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión Europea.
4. IMPORTE
El porcentaje de subvención será de un 50% del proyecto de inversión y/o gasto subvencionable, con un importe máximo de subvención de 10.000 euros.
5. CONCEPTOS INCENTIVABLES
Gastos:
- Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
- Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico (LSSICE).
Inversiones:
- Rehabilitación y adecuación del inmueble donde se vaya a desarrollar la actividad empresarial, que deberá estar ubicado en Málaga Capital. Se incluyen los honorarios técnicos de redacción de proyecto, dirección de obra y estudio de seguridad y salud.
- Adquisición de maquinaria para el centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
- Instalaciones técnicas del centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
- Mobiliario y equipamiento del centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
- Equipos informáticos y hardware para usar en el centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
- Licencias y Software. El modelo de suscripción de software será válido siempre y cuando esté relacionado con la actividad empresarial del solicitante y por un periodo de al menos un año.
- Diseño de la imagen corporativa. Excluidos gastos de impresión.
- Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.
- Arte y diseño gráfico para aplicaciones digitales.
- Traducción de contenidos webs.
- Desarrollo de prototipos de I+D (puede incluir material y fungibles necesarios para la construcción y puesta a punto de prototipos). Se ha de aportar memoria explicativa que justifique los materiales necesarios para su desarrollo.
- Certificación de producto.
- Tramitación del registro de marca, nombre comercial, patentes, modelos de utilidad, y licencias de uso. No se incluye el importe de la tasa.
Conceptos no subvencionables: Cualquier gasto o inversión que no esté expresamente recogido en el apartado anterior. Con especial consideración NO serán subvencionables:
- La adquisición de cualquier material considerado consumible o fungible, así como las existencias iniciales de mercadería (excepto lo indicado para los prototipos de I+D).
- La compra o el alquiler de locales.
- El equipamiento, mobiliario y/o rehabilitación para apartamentos turísticos.
- El IVA, las tasas o cualquier impuesto.
- La adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad empresarial.
- Gastos de impresión y papelería.
- Los gastos de personal sean del tipo que sean.
- Vehículos de cualquier tipo, incluyendo cualquiera para el uso de transporte público o privado de personas o mercancías.
6. ASPECTOS DESTACADOS
Las inversiones y gastos NO pueden haber sido ejecutados con anterioridad a la solicitud de subvención. Por ello, ni la fecha de factura, ni el justificante de pago puede tener fecha previa a la solicitud. Las inversiones y gastos deberán ser adquiridos en propiedad a terceros por el beneficiario de la subvención, y ser contratados y pagados directamente por el beneficiario (persona física o jurídica) o el administrador al proveedor final.
7. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
- Forma y Lugar de presentación: Telemático en sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga en el siguiente enlace: https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=8417&tipoVO=5#.Y6BftnbMK5c
- Plazo de presentación: La convocatoria tiene como plazo de presentación 30 días hábiles desde publicación en el BOPMA.
8. PARA MÁS INFORMACIÓN
Puede solicitar más información en malagaemprende@promalaga.es Le atenderemos en Promálaga Álamos, C/ Álamos, 34 – 29012 Málaga
9. BASES REGULADORAS Y ANEXOS
- Anexo 1. Declaración expresa responsable de percepción o no de otras subvenciones
- Anexo 2. Declaración sobre ausencia de conflicto de intereses de solicitante
- Anexo 3. Memoria Técnica Del Proyecto De Inversión/Gasto
- Anexo 4. Memoria Económica de justificación de subvención de Impulso Empresarial
- Anexo 5. Formulario para renuncias/ alegaciones/ reformulación/ presentación de documentos
- Modelo de Aceptación de Subvención
- Texto de la Convocatoria
- Herramienta Creación Plan de Empresa