Málaga, 25 de marzo de 2020. La declaración del Estado de Alarma, el pasado 14 de marzo, con motivo de la crisis sanitaria generada por el virus COVID-19, ha abierto un escenario inusual y desconocido para empresas y emprendedores.
Aunque son varias las medidas de ayuda que se han ido conociendo en estos días, desde Promálaga hemos querido recopilar las más destacadas con el objetivo de hacer más accesible esa información a nuestros incubados y usuarios.
El Gobierno ha aprobado una serie de medidas extraordinarias que afectan a trabajadores por cuenta propia y ajena y que tienen como principal objetivo paliar las consecuencias negativas que el COVID-19 provoca en las empresas.
En primer lugar y a nivel local de Málaga, Promálaga devolverá la cuota de incubación a todas aquellas empresas alojadas en la Red de Incubadoras que decidan teletrabajar mientras dure el Estado de Alarma. De esta manera, se ayuda a los emprendedores eliminando un gasto fijo a las casi 200 empresas que trabajan desde la Red. Se busca, además, favorecer que puedan permanecer en sus domicilios y optar por teletrabajo. Aquí se puede consultar toda la información
En el caso de que los autónomos hayan visto mermado su trabajo por el Estado de Alarma, el Gobierno prevé algunas ayudas, aunque dará a conocer más en los próximos días.
-Pueden cobrar la ayuda los autónomos que hayan visto reducida su facturación al menos un 75% con respecto al semestre anterior. También están contemplados aquellos trabajadores que hayan tenido que cerrar por la crisis sanitaria.
-Para poder cobrar esa ayuda deben estar dados de alta en la Seguridad Social en la fecha en la que se declaró el Estado de Alarma, 14 de marzo de 2020.
-La duración de esta prestación será de un mes, y se ampliará hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma en el caso de que este se prolongue más de lo previsto.
En ningún caso el trabajador autónomo debe darse de baja de la Seguridad Social ya que es un paro temporal derivado de circunstancias excepcionales.
Para solicitar estas prestaciones, siempre que se cumplan los requisitos, debe adjuntarse la siguiente documentación: modelo 145, fotocopia del DNI, libro de familia, número de cuenta y los últimos recibos de cotización. Para los trabajadores que soliciten la ayuda por el descenso de su actividad en más de un 75%, además de la anterior documentación, tendrán que acreditar dicha caída con la documentación que le solicite la mutua. Más información aquí
En el caso del Servicio Andaluz de Empleo, durante el periodo vigente de la declaración del Estado de Alarma, quedan suspendidos todos los plazos de presentación de solicitudes y no se recortan derechos si estas solicitudes se presentan fuera de plazo.
En este sentido, se contemplan tres casos principales por los que el usuario necesite contactar con el Servicio Andaluz de Empleo durante este periodo. En todos los supuestos, las consultas y gestiones se hacen por medios telemáticos y nunca asistiendo a las oficinas de empleo.
Ya estaba en el paro antes del Estado de Alarma ¿Qué tengo que hacer? Si ya cuentas con tu demanda de empleo activa no tendrás que acudir a renovarla, este proceso se hará automáticamente. Lo mismo ocurre con las prórrogas del subsidio de paro ya que estás se verán ampliadas seis meses más sin que el ciudadano tenga que hacer ninguna gestión.
Soy asalariado y me he visto afectado por un ERTE. Para solicitar el paro el trabajador deberá presentar el modelo oficial de solicitud de prestación contributiva o de subsidio por desempleo. Está documentación deberá ir acompañada del DNI, un número de cuenta y un certificado de la empresa.
Estoy en paro pero no por un ERTE. En este último supuesto el ciudadano tendrá que solicitar cita telemática con su oficina de empleo para tramitar su alta en el Servicio Andaluz de Empleo. La cita puede pedirse aquí y en este enlace está disponible el formulario para solicitar prestaciones de por desempleo.
Recuerda consultar siempre fuentes oficiales y quédate en casa, este virus lo paramos unidos.
Para redactar este artículo se han consultado las siguientes fuentes:
Preguntas frecuentes Coronavirus